El Gobierno publicó en el Boletín Oficial un paquete de medidas para establecer «un marco normativo para la comercialización y exportación de la ganadería argentina para los años 2022 y 2023», que se fija a través de nuevos parámetros, después de las restricciones dispuestas a mediados de 2021. De esta manera, el Ejecutivo busca garantizar el abastecimiento del mercado doméstico y contrarrestar el aumento de precios en el mostrador.
Con la firma de la Subsecretaría de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca se publicaron en el Boletín Oficial las resoluciones 301/21 y 302/21, que establecen suspender hasta el 31 de diciembre de 2023 la «exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país» de una serie de cortes bovinos frescos, enfriados o congelados.
Los cortes de carne que no podrán ser exportados por dos años son:
- Asado con o sin hueso
- Falda
- Matambre
- Tapa de asado
- Nalga
- Paleta
- Vacío
También se prohíbe la exportación de:
- Reses Enteras
- Medias Reses
- Cuarto Delantero Con Hueso
- Cuarto Trasero Con Hueso
- Medias reses incompletas con Hueso
- Cuartos delanteros incompletos con Hueso